Cómo renovar el DNI

Acudir a la cita para renovar el DNI o Documento Nacional de Identidad puede resultar tedioso aunque, en muchas ocasiones, no comprobar con tiempo la fecha de caducidad del DNI puede ponernos en un aprieto, en caso de que tengamos la necesidad de viajar o de tramitar alguna documentación urgente.

Para evitar estas circunstancias, desde las instituciones como la Policía Nacional que son los encargados de tramitar esta documentación junto con el pasaporte, vuelven a aconsejar a los usuarios que necesiten pedir cita para renovar el DNI, no esperen al último día de vigor del carnet de Identidad y/o del pasaporte y recomiendan ser previsores al respecto. De hecho, el DNI se puede renovar hasta con 180 días de antelación a su fecha de caducidad y el pasaporte incluso un año antes.

El Valor del Documento Nacional de Identidad

El DNI conjuntamente con el Pasaporte constituyen los únicos documentos de identificación personal reconocido oficialmente por el Estado Español. Con este documento, podemos realizar actos administrativos, comerciales, judiciales y, también, para todos aquellos casos en que, por autoridad legal competente, deba ser presentado.

Métodos para pedir cita previa para renovar el DNI

  1. Cita previa por Internet:
    • Para evitar colas y esperas se puede obtener cita previa por Internet a través de la página web oficial del ministerio del Interior destinado para ello.
  2. Cita previa por teléfono:
    • El Ministerio del Interior a través de la Dirección General de Policía, pone a disposición de todos los ciudadanos el servicio de atención telefónica para pedir cita previa para renovar el DNI y proceder de esta manera a solicitar la expedición del documento de identidad o pasaporte.

Documentos requeridos para renovar el DNI

La documentación a presentar para renovar el DNI es, con carácter general:

  • Una fotografía reciente y a color, con un tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta, sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
  • El DNI anterior o, en su caso, la denuncia o documento que indique que se ha notificado la pérdida o sustracción del mismo.
  • Certificado de empadronamiento, para los casos renovar el DNI por cambio de domicilio o primera inscripción debemos saber que:
    1. Aunque la normativa reguladora del DNI establece que, para su expedición o para su renovación con cambio de domicilio, se ha de presentar un certificado o volante de empadronamiento, emitido por el Ayuntamiento o certificado de acreditación de residencia cuando se resida en el extranjero, expedido por el Consulado español donde esté inscrito como residente, con una antelación máxima de tres meses. La legalidad vigente permite que, con la previa autorización verbal del interesado, se pueda comprobar este dato mediante acceso al Sistema de Verificación de Datos de Residencia (SVDR).
    2. El servicio de consulta de datos de identidad, permite obtener los datos de un determinado documento de identidad a partir del número de identificación del mismo (DNI/NIE o Número de Soporte).
    3. Para la expedición del DNI en primera inscripción, los interesados han de aportar el certificado o volante de empadronamiento ya que la consulta al SVDR se hace partiendo del número del DNI y, en estos casos, obviamente, carecen del mismo.
    4. La declaración jurada del interesado no es admisible para justificar el cambio de domicilio, por lo que los solicitantes han de aportar el certificado o volante de empadronamiento, o autorizar la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia.

 

Recuerde que el cambio de domicilio produce una renovación del documento, con una nueva fecha de validez acorde a la edad del solicitante, cuyo periodos indicaremos más abajo. Por tanto, el equipo de expedición solicitará una nueva fotografía, firma y captura de impresiones dactilares.

 

  • Certificado del registro civil cuando cambien los datos de filiación. Deberá ser expedido con una antelación máxima de 6 meses.
  • Pago de la tasa de expedición de 12€ en caso, que no se encuentre exento de pago. Las excepciones de pago las explicaremos más abajo.

Mayores de 14 años

Cuando el titular del documento es mayor de esta edad (cualquiera que sea su edad) deberá recogerlo personalmente, sin que se pueda entregar a otra persona distinta.

Respecto a estos menores, mayores de 14, no es obligatorio que vengan acompañados por sus padres o tutores legales, por lo que podrán solicitar y obtener el DNI por sí solos.

Menores de 14 años

Si el titular del documento es menor de 14 años, se le hará entrega en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o la tutela, o persona apoderada por estas últimas.

Este apoderamiento en favor de terceras personas deberá reflejar la voluntad clara e inequívoca de los padres o tutores de que el DNI se expida y entregue al menor por lo que habrá de hacerse por escrito y firmada por el padre, madre o tutor.

Primera inscripción o primera vez y nacionalizados

Para poder realizar la expedición del DNI por primera vez, deberemos aportar la documentación anteriormente indicada para los casos de la renovaciones generales y además:

Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente o, en su caso, Certificado de inscripción de la nacionalidad española. A estos efectos, únicamente serán admitidas las certificaciones expedidas con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del Documento Nacional de Identidad y «con la mención expresa de que se expide a los solos efectos de obtener este documento».

En caso de tratarse de recién nacido o menor de 14 años:

El libro de familia o documento que acredite la relación de tutela entre el bebé

Carnet de identidad del adulto que lo acompaña.

Para los que acaban de obtener recientemente la nacionalidad española, éstos tendrán los mismos derechos a solicitar el DNI que todos los españoles; este trámite sólo podrá hacerlo desde el momento que son inscritos en el registro civil. Deberán aportar el TIE o Tarjeta de Identificación de Extranjero para su destrucción.

Duplicado por robo o pérdida

La pérdida, sustracción, destrucción o deterioro del Documento Nacional de Identidad, conllevará la obligación de su titular de proveerse inmediatamente de un duplicado, que será expedido en la forma y con los requisitos indicados para la renovación de carácter general.

La validez de estos duplicados será la misma que tenían los Documentos a los que sustituyen, salvo que éstos se hallen dentro de los últimos 90 días de su vigencia, en cuyo caso se expedirán con la misma validez que si se tratara de una renovación a su caducidad.

Para prevenir posibles estafas o usurpaciones indebidas de identidad, lo más adecuado es interponer la correspondiente denuncia, en cualquier dependencia policial Nacional o Guardia Civil.

Si no se opta por no presentar la correspondiente denuncia de extravío de documento, se deberá cumplimentar a mano un formulario de extravío, que le será entregado mientras se encuentre renovando el DNI.

En caso de ser encontrado y llevado a Comisaría por una tercera persona, la oficina de expedición correspondiente comprobará la identidad del titular y si éste ya ha realizado una nueva renovación del DNI, el anterior será inutilizado, en caso contrario, se intentará localizar al titular.

Período de validez del DNI según edad del solicitante

Con carácter general el Documento Nacional de Identidad tendrá un período de validez, a contar desde la fecha de la expedición o de cada una de sus renovaciones, de:

  1. renovar dniPara los menores de 5 años:
    • El periodo de validez del DNI será de dos años.
  1. Para mayores de 5 años y menores de 30 años:
    • El periodo de validez del DNI será de cinco años.
  1. Para mayores de 30 años y menores de 70 años:
    • El periodo de validez del DNI será de diez años.
  1. Para 70 años o superior:
  • La validez del DNI será Permanente. De forma excepcional se podrá otorgar validez distinta al Documento Nacional de Identidad en los siguientes supuestos de expedición y renovación:
  • Personas mayores de treinta años que acrediten la condición de gran inválido.
    1. Podrá solicitar su renovación cuando queden menos de 180 días para su caducidad mediante la presencia física del titular del Documento, que deberá abonar la tasa correspondiente y aportar una fotografía con las características señaladas anteriormente.
    2. Transcurrido el período de validez, el Documento Nacional de Identidad se considerará caducado y quedarán sin efecto las atribuciones y efectos que le reconoce el ordenamiento jurídico, estando su titular obligado a proceder a la renovación del mismo.

Exentos del pago de la tasa del DNI

El trámite es gratuito en los siguientes casos:

  • En los supuestos de renovación del DNI en vigor por cambio de datos (de filiación y/o domicilio).
  • Cambio de sexo.
  • Error o fallo del MicroChip.
  • Cuando se acredite ser beneficiario de la condición de miembro de familia numerosa.

Es decir todas las familias formadas por:

  • 1 o 2 ascendientes con 3 o más hijos/as (sean o no comunes).
  • 1 o 2 ascendientes con 2 hijos, siempre que uno de ellos sea discapacitado o esté incapacitado para trabajar.
  • 2 ascendientes 2 hijos (sean o no comunes), siempre que dos ascendientes fueran discapacitados o estuvieran incapacitados para trabajar, o uno de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • El padre o la madre SEPARADOS o DIVORCIADOS, con tres o más hijos, sean o no comunes, aunque estén en distintas unidades, siempre que se encuentren bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el domicilio conyugal.
  • Dos o más hermanos HUÉRFANOS de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda que convivan con el tutor, acogedor o guardador, pero no se hallen a sus expensas.
  • Tres o más hermanos HUÉRFANOS de padre y madre, mayores de 18 años, o dos si uno de ellos es discapacitado, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos.
  • El padre o la madre con DOS HIJOS, cuando haya fallecido el otro progenitor.

Procedimiento habitual para renovar el DNI

Una vez hallamos obtenido la cita previa para el DNI debemos acudir puntualmente a la oficina correspondiente donde hayamos reservado la cita. No es necesario acudir media hora antes de la hora fijada. Basta con estar presentes con una antelación de cinco o diez minutos máximo, provistos de nuestra mascarilla, de la documentación necesaria, de la tasa de pago debida, si no ha sido abonada telematicamente, y en caso necesario, del progenitor, acompañante o tutor legal.

Al llegar al lugar, nos aproximaremos a la maquina de citas que confirmará nuestra llegada una vez hallamos insertado nuestro DNI o introduzcamos nuestros datos manualmente. Nos proporcionará un ticket en el que aparece el número de espera.

Debemos estar atentos a los monitores de la sala para que no nos saltemos nuestro turno. Llegado el momento, nos dirigiremos a la mesa correspondiente y entregaremos la documentación y en su caso, el DNI anterior al equipo de expedición.

Comprobados los datos de filiación del solicitante, y una vez confirmados, se procederá a efectuar una verificación por si existe algún tipo de requisitoria judicial vigente por parte del ciudadano. En caso de no existir ninguna reclamación se iniciará la toma de huellas dactilares.

Se obtendrá el cotejamiento dactilar por orden de captura: Índice, medio, anular, pulgar de ambas manos.

Finalizada la toma de huellas, se preguntará al ciudadano si desea cargar certificados de firma electrónica en su DNI (los certificados de autenticación se cargarán de manera automática).

Recuerde que si no acepta los certificados de firma en el momento, se puede cargar con posterioridad en un puesto o Punto de Actualización del DNI (PAD). La aplicación generará el PIN y las claves.

Es importante aportar al equipo de expedición nuestro teléfono y correo electrónico personal para poder ser notificados de los asuntos relacionados con nuestro DNI (caducidad de certificados…) .

Por ultimo, el nuevo DNI nos será entregado inmediatamente a su titular, una vez se hayan impreso nuestros datos personales en el soporte o tarjeta.

El proceso de renovación del DNI durará aproximadamente 12 minutos.

Casos especiales: DNI con validez de un año

Cuando el titular del DNI no pueda presentar alguno/s de los documentos justificativos que acrediten una variación o modificación de sus datos, por causas no imputables al mismo. (Por ejemplo: renovar el DNI con un solo apellido mientras se tramita el expediente en el Registro Civil; discrepancias entre los datos que figuran en la tarjeta y los obrantes en la base de datos, la exigencia de los Ayuntamientos de la presentación del DNI a efectos de empadronamiento etc.)

Con carácter general, según valoración del propio equipo de expedición, valorará la necesidad de la expedición del DNI con validez de un año, ponderando a estos efectos la excepcionalidad que requiere la normativa reguladora; el mayor o menor tiempo que pueda requerirle al interesado la obtención de la documentación reglamentaria; los perjuicios que pueda causarle la no obtención del DNI, etc.

En el caso de los menores de 14 años, dado que no están obligados a obtener el DNI, deben justificar que precisan de este documento para un acto concreto como puede ser un viaje, presentarse a unos exámenes, etc.

Entrega de DNI caducado a sus titulares

En el caso, que un ciudadano, en el momento de la renovación, desee conservar la anterior tarjeta del DNI del cual ha sido titular, podrá ser entregada al solicitante, previa su inutilización física de la tarjeta por parte del funcionario encargado de la expedición, realizando varios cortes transversales en zonas concretas tanto del soporte como de la libreta de manera que parte del chip sea invalidado, así como parte de la numeración del Documento de Identidad.

Firma electrónica menor de edad

La firma electrónica realizada a través del Documento Nacional de Identidad tendrá respecto de los datos consignados en forma electrónica el mismo valor que la firma manuscrita en relación con los consignados en papel.

El DNI electrónico de un menor de edad o persona que no goce de plena capacidad de obrar, contendrá, con carácter general únicamente, la utilidad de la identificación electrónica, emitiéndose con el respectivo certificado de autenticación activado. Es decir, no llevará certificado de firma electrónica, únicamente certificado de autenticación.

Necesito renovar el DNI de forma urgente, ¿puedo renovar el DNI sin cita previa?

En caso de que necesites renovar el DNI sin cita previa de manera urgente y para un caso concreto como puede ser un viaje al extranjero, una gestión para una Beca, realización de exámenes oficiales, cobrar el paro o cualquier otra de este tipo, lo único que necesitarás para que te lo puedan hacer es aportar un justificante que acredite la urgencia. Sin embargo la decisión renovarte o no el dni por causas de urgencias queda supeditada por la propia valoración del Jefe de la oficina de expedición.

En algunas comisarías todavía siguen repartiéndose algunos números sin cita previa a primera hora de la mañana para poder renovar el DNI en el mismo día. Aunque esto es cada vez menos frecuente ya que en temporadas de gran demanda se formaban grandes colas que generaban una imagen bastante negativa. Es por ello que en la mayoría de sitios de España este servicio ya no está disponible.

¿Existe algún truco para pedir cita previa rápida?

Primero accede al portal de la policía en el apartado del DNI. Una vez seleccionada la provincia donde quieres renovar el dni debes pulsar ‘Cita rápida‘ e indicar la localidad en la que pretendas hacer el trámite. Si seleccionas las localidades más próximas tus posibilidades pueden aumentar.
Para asegurarte de que obtienes la cita más próxima, selecciona todos los días de la semana y todos los intervalos horarios. Es normal que, si efectúas la búsqueda en distintos momentos, recibas resultados diferentes. Debes tener en cuenta que las citas anuladas por otros ciudadanos varían.

¿Es posible renovar el DNI en una provincia donde no estoy empadronado?

La expedición del Documento Nacional de Identidad puede hacerse en cualquier parte del territorio nacional independientemente del lugar donde resida el solicitante, por lo tanto, no existe ningún inconveniente en solicitar la renovación del DNI en cualquier oficina de expedición del territorio nacional.

Y si no puedo desplazarme hasta una oficina del DNI, ¿Qué puedo hacer?

Si por motivos de discapacidad, dependencia o enfermedad debidamente justificadas, el familiar o la persona solicitante no pudiese presentarse en la oficina para la expedición del DNI, se puede pedir el desplazamiento de un equipo móvil hasta el lugar de residencia para llevar a cabo el proceso de renovación. A este efecto deberá ser un familiar u otra persona encomendada quien aporte personalmente en la oficina de expedición, la documentación necesaria, y el formulario de autorización que indicaremos más abajo, además del certificado médico que cause la solicitud.

FORMULARIOS:

https://www.dnielectronico.es/PDFs/Formulario_para_desplazamiento_equipo_movil.pdf

https://www.dnielectronico.es/PDFs/apoderamiento.pdf

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